Artículo 6 Código Civil del Estado de México
Capítulo IV
45.- La condición que solamente suspende por cierto tiempo la ejecución del testamento no impedirá que el heredero o legatario adquieran derechos a la herencia o legado o lo transmitan a sus herederos.
Condición testamentaria sin plazo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial