Artículo 4 Código Civil del Estado de México
Capítulo III
47.- La separación de bienes puede ser absoluta o parcial. En el segundo caso, los bienes que no estén comprendidos en las capitulaciones, serán objeto de la sociedad conyugal.
Conclusión de la separación de bienes
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial