Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 4 Código Civil del Estado de México

Capítulo II

183. En caso de separación familiar, por divorcio, disolución del vínculo, nulidad o término de la relación de concubinato, se procurará el bienestar de los animales de compañía que hayan formado parte del matrimonio o concubinato.

En todo caso, se promoverá el acuerdo entre las partes a través de mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en la ley de la materia. Toda decisión sobre el resguardo y el cuidado de los animales de deberá priorizar el bienestar del animal.

Resguardo y Cuidado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial