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Leyes Descargar AYA

Artículo 3 Código Civil del Estado de México

Capítulo VII

38.- Ha lugar a pedir la rectificación o modificación:

I. Derogado.

II. Derogado.

III. En caso de homonimia del sustantivo propio y apellidos, si le causa perjuicio moral o económico.

IV. Para corregir algún dato esencial.

Modificación del sustantivo propio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial