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Leyes Descargar AYA

Artículo 2 Código Civil del Estado de México

Título SEGUNDO

5.- De manera enunciativa y no limitativa, los derechos de las personas físicas y colectivas en lo que sea compatible con su naturaleza son los siguientes:

I. El honor, la dignidad, el crédito y el prestigio;

II. El aseguramiento de una vida privada y familiar libre de violencia;

III. El respeto a la reproducción de la imagen y voz;

IV. Los derivados del nombre o del seudónimo, de la nacionalidad, de la pertenencia cultural, de la filiación, de su origen y de su identidad.

V. El domicilio;

VI. La presencia estética;

VII. Los afectivos derivados de la familia, la amistad y los bienes;

VIII. El respeto, salvaguarda y protección de la integridad física, psicológica y patrimonial.

Medios para acreditar la identidad de las personas físicas

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial