Artículo 613 Código Civil del Estado de Colima
Capítulo XIII
- Cuando en la cuenta resulte alcance contra el tutor, aunque por un arreglo con el menor o sus representantes se otorguen plazos al responsable o a sus herederos para satisfacerlo, quedarán vivas las hipotecas u otras garantías dadas para la administración, hasta que se verifique el pago, a menos que se haya pactado expresamente lo contrario en el arreglo
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial