Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 119 Código Civil del Estado de Colima

Capítulo IX

- El acta de fallecimiento contendrá:

I.- El nombre, apellido, edad, ocupación y domicilio que tuvo el difunto;

(REFORMADO DECRETO 103, P.O. 28, SUP. 2, 11 JUNIO 2016) II.- El estado civil de éste, y si estaba unido en matrimonio o viudo, el nombre y apellidos de su cónyuge;

III.- Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos, y si fueran parientes, el grado en que lo sean;

IV.- Los nombres de los padres del difunto si se supieren; (REFORMADO DECRETO 103, P.O. 28, SUP. 2, 11 JUNIO 2016) V.- La clase de enfermedad que determinó la muerte y específicamente el lugar en que se sepulte el cadáver; y VI.- La hora de la muerte, si se supiere, y todos los informes que se tengan en caso de muerte violenta

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial