Artículo 3589 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo UNICO
La Ley del Registro Público del Estado de Coahuila de Zaragoza y su Reglamento Interior organizará la institución y determinará el número de autoridades, su jerarquía, atribuciones y deberes, así como las circunscripciones territoriales respecto de las Oficinas Registrales y los municipios que comprenda cada una de ellas.
Igualmente fijará y nominará los apartados de que se componga el Registro Público del Estado de Coahuila de Zaragoza, precisará los títulos que deban inscribirse en cada uno de ellos, y el sistema a implementar así como sus correspondientes requisitos y determinará los métodos mediante los cuales funcionará.
La misma Ley y su Reglamento establecerán los requisitos necesarios para desempeñar los cargos que requiera el funcionamiento del Registro Público
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial