Artículo 2085 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo VIII
Descubierta la simulación absoluta se restituirá la cosa o derecho a quien pertenezca, con sus frutos o intereses, si los hubiere; pero si la cosa o derecho han pasado a título oneroso a un tercero de buena fe, no habrá lugar a la restitución. También subsistirán los gravámenes impuestos a favor de un tercero de buena fe
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial