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Leyes Descargar AYA

Artículo 1874 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo IV

En el caso de responsabilidad por daños y perjuicios causados por un edificio, será juez competente el del lugar de la ubicación de la propiedad o edificio dañados

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial