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Leyes Descargar AYA

Artículo 1770 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo I

Si varias personas poseen en común algún bien, no puede ninguna de ellas usucapir contra sus copropietarios o coposeedores; pero sí puede usucapir contra un extraño y, en este caso, la usucapión aprovecha a todos los copartícipes

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial