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Leyes Descargar AYA

Artículo 1243 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo VIII

Si el autor de la herencia dispone en su testamento que a algún heredero o legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario, se los entregará, siempre que garanticen suficientemente responder por los gastos y cargas generales de la herencia en la proporción que les corresponda.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial