Artículo 1520 Código Civil del Estado de Campeche
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 27 de julio de 2022. Ya no es el vigente: cambió después, el 15 de mayo de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
Si concurre el cónyuge del adoptado en forma simple con los adoptantes, las dos terceras partes de la herencia corresponden al cónyuge y la otra tercera parte los (sic) que hicieren la adopción.