Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2588 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Sección I

El poder supremo de las asociaciones reside en la Asamblea General.

El director o directores de ellas, tendrán las facultades que les conceden los estatutos y la asamblea general, con sujeción a estos documentos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial