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Leyes Descargar AYA

Artículo 2190 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo V

Los gastos de la entrega del bien vendido son de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo convenio en contrario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial