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Artículo 1483 Código Civil del Estado de Aguascalientes

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  1. 15 may a 27 jul 2026+11 −1 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 15 de mayo de 2026 con el del 27 de julio de 2026, que es el vigente.

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Tienen derecho a heredar por sucesión legítima:

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(REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2026) I.- Los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y en ciertos casos la concubina;concubina o el concubino;

Antes

I.- Los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y en ciertos casos la concubina;

Ahora

(REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2026) I.- Los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y en ciertos casos la concubina o el concubino;

II.- A falta de los anteriores, la Beneficencia del Estado.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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