Artículo 267 Ley del Seguro Social
Capítulo V
- El Director General será nombrado por el Presidente de la República debiendo ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Artículo reformado DOF 23-01-1998
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial