Transitorios y decretos de reforma Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur
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TRANSITORIOS DE REFORMA DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2016. DECRETO N° 2341.- Se reforman la fracción XVI del Artículo 6, Artículo 19, artículo 21 y el título XVI; y se adiciona una fracción XVII al Artículo 6 recorriéndose ésta a la siguiente fracción, Artículo 81 bis y fracción III del Artículo 85 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL PODER LEGISLATIVO, EN LA PAZ BAJA CALIFORNIA SUR A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2016. DIP. JOEL VARGAS AGUILAR PRESIDENTE RÚBRICA. DIP. JULIA HONORIA DAVIS MEZA SECRETARIA RÚBRICA. EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II DEL Artículo 79 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, Fe de Erratas:
EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR CARLOS MENDOZA DAVIS RÚBRICA. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ALVARO DE LA PEÑA ANGULO RÚBRICA. TRANSITORIOS DE REFORMA DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2017. DECRETO N° 2452.- Se reforman los artículos 4 en sus fracciones XVI y XVII; artículo 6; Artículo 32 fracción XLV; y del articulo 49 al 52; el Capítulo X BIS, denominado de la Visitaduría, la denominación del Capítulo XVI para quedar como “De la Unidad de Análisis de la Información", y los artículos 80 y 81; y se adicionan el inciso m) al artículo 3; el artículo 52· BIS; el capítulo XV con la denominación "De la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción", y los artículos 79 Bis, 79 Ter y 79 Quater de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur. PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, con excepción de las atribuciones de la Fiscalía especializada que entrarán en vigor el mismo día en que el Poder Legislativo del Estado emita el nombramiento del Titular de la Fiscalía Especializada en combate a la corrupción. SEGUNDO. El Acuerdo emitido por el Procurador General de Justicia del Estado de Baja California Sur, que se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 33 de fecha diez de junio de 2005, que crea la Agencia del Fuero Común Investigadora Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, con residencia en la Ciudad de la Paz, Baja California Sur, seguirá vigente hasta en tanto concluya los asuntos en trámite y bajo su responsabilidad. TERCERO. Los recursos Humanos adscritos a la Unidad Especializada de Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y su Judicialización y a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común Investigador especializado en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, así como los recursos materiales y Fe de Erratas:
financieros que le son asignados para su funcionamiento, se transfieren a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. CUARTO. Los asuntos que se encuentren en trámite en la Unidad Especializada de Investigación de delitos cometidos por Servidores Públicos y su Judicialización y a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común Investigador especializado en delitos cometidos por Servidores Públicos, hasta la entrada en vigor del presente Decreto, se transferirán a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. QUINTO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto a partir de su entrada en vigor. SEXTO. El Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California Sur, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, deberá realizar los ajustes presupuestales necesarios para efecto de poder dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley, y en su momento remitir al H. Congreso del Estado, la Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante la que proponga se realicen modificaciones al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California Sur para el Ejercicio Fiscal 2017, con el fin de establecer las previsiones presupuestales necesarias para la operación de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y demás áreas que se crean con éste decreto. DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO, EN LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. EDSON JONATHAN GALLO ZAVALA PRESIDENTE RÚBRICA. DIP. MARITZA MUÑOZ VARGAS SECRETARÍA RÚBRICA. EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 79 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. Fe de Erratas:
A T E N T A M E N T E GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR CARLOS MENDOZA DAVIS RÚBRICA. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ALVARO DE LA PEÑA ANGULO RÚBRICA.