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Leyes Descargar AYA

Artículo 80 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur

Capítulo XVI

La Unidad de Análisis de la Información estará a cargo de un titular, que será nombrado y removido libremente por el Procurador de quien dependerá directamente. Fe de Erratas:

Para ser titular de la Unidad de Análisis de la Información se deben cumplir con los requisitos establecidos para ser Ministerio Público, a excepción de contar con título de licenciado en Derecho, este rubro se tendrá colmado con tener acreditado haber cursado una carrera profesional, y contar con título y cedula profesional de la misma. Para efecto del desarrollo de las funciones propias de la Unidad de Análisis de la Información, contará con la Policía Cibernética y el personal profesional, técnico y administrativo, que disponga el Reglamento Interior y demás disposiciones aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de CNDH - Repositorio de Armonización Normativa, con la reforma del 27 de junio de 2017. Documento oficial