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Artículo 41 Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo

Capítulo VII

Se establece un Fondo Ministerial, que tendrá como objetivo administrar recursos económicos provenientes de los servicios que brinde la Procuraduría, de los bienes y derechos que sean puestos a su disposición, así como de los rendimientos que generen las garantías económicas que constituyan caución impuestas por el Ministerio Público como medida cautelar, en términos de las disposiciones legales aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial