Artículo 30 Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Capítulo V
Los procedimientos o sistemas para la selección, ingreso, formación, capacitación, actualización, especialización, ascenso, reingreso, estímulos, reconocimientos o retiro del personal de la Procuraduría serán regulados por el Reglamento que establezca las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del servicio civil y profesional de carrera en la institución, mismo que estará a cargo del Consejo de Profesionalización de Procuración de Justicia, que garantizará la debida transparencia y objetividad en la evaluación de los méritos e idoneidad de los postulantes, candidatos o funcionarios.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial