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Artículo 52 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas

Capítulo VI

El Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General tiene como objeto garantizar un servicio de procuración de justicia profesional, imparcial, oportuno y autónomo; a través del desarrollo de valores, destrezas y habilidades del personal en materia de servicio público y procuración de justicia que fomente la calidad, calidez, oportunidad y eficacia en el servicio, al tiempo que apoye la estabilidad en el servicio, cargo o comisión, con

base en un esquema proporcional y equitativo de remuneraciones y prestaciones para las y los integrantes del Servicio de Carrera que incluya al personal operativo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas, con la reforma del 30 de diciembre de 2017. Documento oficial