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Leyes Descargar AYA

Artículo 27 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas

Capítulo IV

La Dirección General de Servicios Periciales será responsable de auxiliar a los Fiscales y a la Dirección General de Policía de Investigación en la persecución de los delitos.

Los peritos dilucidarán las cuestiones técnicas, artísticas o científicas que les sean planteadas por los Fiscales, y tendrán la intervención que señala el Código Nacional y demás normas aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas, con la reforma del 30 de diciembre de 2017. Documento oficial