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Leyes Descargar AYA

Artículo 22 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas

Capítulo IV

Corresponderá a la Vicefiscalía de Investigación, Litigación y Justicia Alternativa, la atención, investigación, litigación y persecución de aquellos delitos que no sean competencia de las Fiscalías Especializadas, así como la tramitación y fomento de los mecanismos alternativos de solución de controversias.

Deberá observar el cumplimiento de los lineamientos para el uso de las facultades discrecionales del Ministerio Público y el uso de las soluciones alternas de conflictos y del procedimiento abreviado que expedirá el Fiscal General. Además, monitoreará el resultado de la aplicación de dichos lineamientos en estrecha coordinación con la Dirección General

de Desarrollo y Evaluación e informará del resultado al Fiscal General, con el fin de que éste pueda tomar acciones para su actualización.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas, con la reforma del 30 de diciembre de 2017. Documento oficial