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Leyes Descargar AYA

Artículo 11 quinquies Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán

Capítulo II

Policía ministerial La Fiscalía General del Estado contará con un cuerpo policial que depender administrativamente de la institución y que se denominará Policía Especializada en Investigación Ministerial, que efectuará sus labores en materia de investigación bajo conducción del Ministerio Público.

La Policía Ministerial, estará bajo el mando de una persona con cargo de Comisario Jefe, el cual será nombrado y removido libremente por la persona titular de la Fiscalía General del Estado; la Policía Especializada en Investigación Ministerial se auxiliará de las unidades administrativas y áreas operativas que requiera para el cumplimiento de su objeto, de conformidad con la disponibilidad presupuestal. Artículo adicionado D.O. 05-08-2024

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Yucatán, con la reforma del 20 de enero de 2026. Documento oficial