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Artículo 90 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Capítulo II

La Comisión del Servicio Profesional de Carrera tendrá las funciones siguientes:

I. Implementar los programas y requisitos a los que debe sujetarse el ingreso, permanencia, capacitación, especialización, desarrollo administrativo, evaluación, promoción y ascenso de los servidores públicos de la Fiscalía General;

II. Elaborar, desarrollar y, en su caso, aplicar, en coordinación con las áreas de la Fiscalía General, los indicadores de desempeño en el servicio para evaluar al personal, con el objeto de estar en condiciones de elegir, entre el mismo, elementos que, de acuerdo a su perfil, puedan ser susceptibles de ascenso o de recibir estímulos, y además detectar las necesidades de capacitación;

III. Definir los lineamientos y políticas en materia de profesionalización, especialización, evaluación y certificación de los Fiscales, Peritos y Policía de Investigación, de conformidad con lo establecido en la Ley General, la Ley de Seguridad y demás disposiciones aplicables;

IV. Determinar los perfiles y competencias profesionales requeridas para el desempeño de las funciones de Fiscal, Peritos y Policía de investigación;

V. Aprobar las Guías y Programas de Capacitación e instrumentos de evaluación, para el desarrollo del sistema de certificación de competencias;

VI. Definir los indicadores de desempeño en el servicio para que la evaluación de la trayectoria, eficiencia y méritos del personal candidato a recibir promociones o estímulos, sea transparente y homóloga;

VII. Realizar, por conducto del Instituto de Formación Profesional, las evaluaciones a que se refieren las fracciones III y IV del presente artículo; y

VIII. Las demás que le confieran esta ley y las leyes que rigen a las Instituciones de Seguridad Pública y sus reglamentos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Veracruz, con la reforma del 11 de diciembre de 2025. Documento oficial