Artículo 37 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
La terminación de las relaciones laborales de la Fiscalía General y el personal de libre designación, las personas facilitadoras y quienes integren la rama administrativa se regirá por la normatividad aplicable en materia laboral burocrática.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, con la reforma del 5 de julio de 2024. Documento oficial