Artículo 48 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora
Capítulo III
La Dirección General de Atención a Víctimas y Asesoría Jurídica brindará sus servicios a través de las oficinas siguientes:
I.- Asesoría jurídica;
II.- Asistencia médica, III.- Asistencia psicológica;
IV.- Trabajo social; y V.- Las demás establecidas en la Ley General de Víctimas y en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Sonora.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de CNDH - Marco normativo (Congreso del Estado de Sonora), con la reforma del 26 de abril de 2018. Documento oficial