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Leyes Descargar AYA

Artículo 43 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora

Capítulo I

Para el mejor ejercicio de sus funciones, la Fiscalía General contará con las siguientes Direcciones Generales:

I.- Dirección General de Atención a Víctimas y Asesoría Jurídica;

II.- Dirección General de Atención Temprana y Justicia Alternativa; y

III.- Dirección General de Capacitación, Evaluación y Certificación El Fiscal General en razón de las necesidades del servicio, podrá crear distintas Unidades Administrativas a las mencionadas, para el adecuado desarrollo del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de CNDH - Marco normativo (Congreso del Estado de Sonora), con la reforma del 26 de abril de 2018. Documento oficial