Artículo 1 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora
Capítulo ÚNICO
Esta Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular la organización del Ministerio Público en el Estado de Sonora, los servicios periciales y la policía que integra la Agencia Ministerial de Investigación Criminal encargada de la función de investigación de los delitos; así como establecer su estructura y desarrollar las facultades que le confiere a la Fiscalía General del Estado y a su titular, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Sonora y demás disposiciones aplicables.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de CNDH - Marco normativo (Congreso del Estado de Sonora), con la reforma del 26 de abril de 2018. Documento oficial