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Artículo 24 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa

Capítulo ÚNICO

El Consejo Consultivo es el órgano colegiado de participación ciudadana de la Fiscalía General.

Está integrado, por el Fiscal General y seis consejeros ciudadanos que gocen de reconocido prestigio en el estudio, difusión y/o promoción de los derechos humanos como en sistemas de procuración y/o administración de justicia en el Estado, observando para su integración el principio de paridad de género, en el entendido de que si las y los servidores públicos correspondientes incumplen con lo estipulado en esta disposición incurrirán en la falta administrativa establecida en la fracción 1 Bis del artículo 49 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa. . (Ref. Según Dec. No. 257, publicado en el P.O. No. 115, del 23 de Septiembre de 2022).

El Vicefiscal General será el Secretario Técnico del Consejo Consultivo.

A excepción del cargo de Fiscal General y Vicefiscal General, quienes serán remunerados por las funciones propias de sus cargos y no por su intervención en el Consejo Consultivo, los demás miembros del mismo tendrán carácter honorífico.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Sinaloa, con la reforma del 31 de diciembre de 2025. Documento oficial