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Leyes Descargar AYA

Artículo 83 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo

Capítulo Segundo

El personal sustantivo que forma parte del Servicio Profesional de Carrera, mantendrá su cargo, con reserva de plaza, cuando sea nombrado en un cargo de Dirección en alguna Dependencia de la Administración Pública Federal, de la Ciudad de México, Estatal o Municipal. La Dirección General de Administración y Finanzas, previo acuerdo con el Fiscal General, expedirá a los titulares de los cargos de carrera, la reserva de plaza correspondiente, emitiendo las constancias respectivas, previo el visto bueno del titular de la Unidad Administrativa correspondiente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Quintana Roo, con la reforma del 12 de febrero de 2025. Documento oficial