Artículo 35 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro
Capítulo Segundo
El personal sustantivo está sujeto al Servicio Profesional, en términos de los artículos 21 y 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Federal, la Constitución Local, el Reglamento Interior y el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General.
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Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Querétaro. Documento oficial