Artículo 66 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla
Capítulo ÚNICO
La Fiscalía Especializada de Asuntos Internos estará a cargo de las investigaciones y el ejercicio de la acción penal en delitos cometidos por personal adscrito a los órganos sustantivos y administrativos de la Fiscalía General del Estado, en ejercicio de sus funciones, que no sean hechos de corrupción mismos que son competencia de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. TÍTULO NOVENO DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN INVESTIGACIÓN DEL DELITO DE TORTURA Y OTROS TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Puebla / Orden Jurídico Poblano, con la reforma del 18 de agosto de 2023. Documento oficial