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Leyes Descargar AYA

Artículo 34 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca

Capítulo VI

En la formación integral y la educación en derechos humanos del personal de la Fiscalía General, se estará a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los documentos internacionales en materia de derechos humanos, la Ley General, la Ley Estatal, el Programa Rector de Profesionalización y demás disposiciones aplicables. La formación integral y educción en derechos humanos estará a cargo de un órgano con autonomía técnica y de gestión, facultado para diseñar e implementar actividades académicas, de investigación, de difusión, editoriales o cualquier otra que resulte necesaria para lograr el objetivo de desarrollar saberes, competencias, actitudes y buenas prácticas en materia de justicia penal y derechos humanos en el personal de la Fiscalía General. El Fiscal General podrá emitir los instrumentos jurídicos y administrativos que regulen la formación integral y en derechos humanos de la Fiscalía General (Artículo reformado mediante decreto número 1562, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 27 de)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Oaxaca, con la reforma del 3 de julio de 2024. Documento oficial