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Artículo 52 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León

Capítulo X

Además de los requisitos contenidos en el artículo anterior, para ingresar como Agente del Ministerio Público, se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II. Contar con título de Licenciado en Derecho o en Ciencias Jurídicas expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello, y con la correspondiente cédula profesional; y

III. Los demás que se determinen en esta Ley, el Reglamento Interior de la Fiscalía General y otras disposiciones aplicables

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Nuevo León, con la reforma del 10 de mayo de 2025. Documento oficial