Artículo 14 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit
Capítulo III
El Fiscal General será representado ante los diversos órganos jurisdiccionales
del
fuero
común
y
fuero
federal,
por
los
que
se
designen
en
los
de
ley
y
aplicables.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial