Artículo 145 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo II
Los documentos e información electrónica deberán tratarse conforme los ordenamientos aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública. Los expedientes del personal evaluado, deberán integrarse de forma homologada y se resguardarán preferentemente en el archivo confidencial.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial