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Leyes Descargar AYA

Artículo 103 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Capítulo I

La Visitaduría General y de Asuntos Internos estará bajo el mando inmediato del Fiscal General. Será observador y conocerá de aquellas actuaciones que ameriten algún reconocimiento o sanción para el personal de la Fiscalía General, ya sea de oficio, por denuncia abierta o anónima, o a petición de algún mando.

La persona titular de la Visitaduría General y de Asuntos Internos será designada y removida libremente por el Fiscal General

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial