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Artículo 57 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, al Servicio de las Víctimas

Capítulo IX

Requisitos Para ser titular de la Contraloría de la Fiscalía se deberán cumplir los siguientes requisitos:

I. Tener la ciudadanía mexicana, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener al menos treinta y cinco años de edad y una residencia de mínima de tres años en

Michoacán,

al

día

de

su

designación;

III. Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, experiencia y título

profesional

de

nivel

licenciatura;

IV. Contar con los conocimientos en materia de control, manejo o fiscalización de recursos,

responsabilidades

administrativas,

así

del

funcionamiento

y

organización

de

la

Fiscalía;

V. No haber sido condenado por delito doloso;

VI. No haber sido inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio

público,

ni

removido

por

causa

grave

de

algún

cargo

del

sector

público

o

privado;

VII. No haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores

a

la

designación;

y,

VIII. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún

partido

político,

o

haber

sido

candidato

cargo

de

elección

popular,

en

los

cuatro

años

anteriores

a

la

designación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Michoacán, con la reforma del 7 de octubre de 2025. Documento oficial