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Leyes Descargar AYA

Artículo 16 Quáter Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco

Capítulo V

1. La Vicefiscalía en Investigación Especializada en atención a Mujeres, niñas, niños y adolescentes, razón de género y la familia, tiene facultad de investigar y atender de manera integral, todas aquellas conductas delictivas que impacten a estos grupos prioritarios, tiene las áreas y unidades de investigación que acuerde el Fiscal Estatal y que por lo menos son las siguientes:

I. Unidad de Investigación Especializada en Delitos cometidos por Adolescentes en Conflicto con ley;

II. Unidad de Investigación Especializada en Delitos cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes;

III. Unidad de Investigación Especializada en Delitos contra las mujeres, en razón de género y Trata de Personas;

IV. Unidad de Investigación Especializada en Feminicidios;

V. Unidad de Investigación Especializada en delitos contra la familia;

VI. Dirección de Litigación y Seguimiento de Investigación Especializada en Atención a Mujeres, niñas, niños y adolescentes, razón de género y la familia; y VII. Coordinación de Atención Temprana.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Jalisco, con la reforma del 7 de febrero de 2025. Documento oficial