Artículo 95 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
Capítulo II
El desahogo y la valoración de las pruebas se hará de conformidad a lo establecido en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.
Causas de improcedencia y sobreseimiento
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial