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Leyes Descargar AYA

Artículo 26 Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Capítulo TERCERO

La o el Fiscal General, dentro del primer semestre de su mandato, presentará su Plan de Gestión Institucional, mismo que se publicará en la página electrónica de la Fiscalía.

El Plan de Gestión Institucional contendrá entre otros, los objetivos estratégicos, las metas, las principales líneas de acción, los indicadores de desempeño o elementos de similar naturaleza que posibiliten la medición del cumplimiento en sus distintas líneas de acción, junto con la evaluación y la mejora continua.

El Plan de Gestión Institucional será congruente con la legislación aplicable y el presupuesto disponible, con un enfoque a resultados.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL - Gobierno del Estado de México, con la reforma del 4 de febrero de 2026. Documento oficial