Artículo 1 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Durango
Capítulo I
La presente Ley es de orden público, interés social y tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Fiscalía General del Estado de Durango, para el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le confieren a la Institución del Ministerio Público la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y demás disposiciones legales aplicables.
El Ministerio Público se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, oficiosidad, lealtad, unidad de actuación y justicia pronta.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Congreso del Estado de Durango, con la reforma del 1 de mayo de 2025. Documento oficial