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Artículo 52 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima

Capítulo X

Facultad de designación de la persona Titular de la Fiscalía General. El o la Fiscal General tendrá la facultad de designar libremente a todo el personal que labore en la Institución, con excepción de la persona Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Así como también podrá designar a las y los integrantes del Servicio Profesional de Carrera, con apego a lo previsto por la presente Ley, así como a lo establecido en el Reglamento del Servicio y demás legislación aplicable.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial