Artículo 60 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo IV
De los Facilitadores. Los facilitadores que conforman la Dirección General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, serán auxiliares técnicos del Ministerio Público, para aquellos casos en los que proceda la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y de justicia para adolescentes, de acuerdo a lo previsto en las leyes de la materia.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial