Artículo 106 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo I
De las multas.
Las multas impuestas por la Fiscalía General tendrán la naturaleza de créditos fiscales y serán enviadas para su cobro a la Secretaría de Finanzas del Estado, quien una vez efectuado el mismo entregará las cantidades respectivas a la Institución, la cual podrá destinar dichos recursos para cubrir sus gastos de operación e inversión
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial