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Leyes Descargar AYA

Artículo 52 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Campeche

Capítulo I

Previo al ingreso como fiscal o Agente del Ministerio Público, Agente de la Policía Ministerial Investigadora o Perito, será obligatorio que la Institución consulte los antecedentes de la persona respectiva en el Registro Nacional de Personal de las Instituciones de Seguridad Pública y, en su caso, en el Sistema Estatal de Información sobre Seguridad Pública en los términos previstos en las disposiciones legales aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Campeche (LEXIUS), con la reforma del 20 de noviembre de 2025. Documento oficial