Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 172 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Capítulo IV

La Comisión del Servicio Profesional de Carrera es un órgano colegiado que tiene por objeto la regulación, el control y la administración de todas las etapas que conforman el Servicio Profesional de Carrera, así como la ejecución de todas las acciones, generales y específicas, que le son inherentes; y estará integrado por las siguientes personas:

I. El Fiscal General, quien la presidirá;

II. Un Vicefiscal designado por el Fiscal General, a través del método de insaculación, quien tendrá el carácter de vocal;

III. La persona titular del Instituto de Formación Profesional, quien tendrá el carácter de vocal;

IV. Un Agente del Ministerio Público designado por el Fiscal General, mediante el método de insaculación, quien tendrá el carácter de vocal; y

V. Un Secretario Técnico, que será designado libremente por el Fiscal General, de entre el personal que integra la Fiscalía General

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial