Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 165 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Capítulo IV

Los servidores públicos de la Fiscalía General que contribuyan a mejorar los servicios prestados y las funciones que corresponden a la Fiscalía General; que aporten a esta o a la sociedad innovaciones relevantes, o que hayan realizado acciones que den testimonio de su valor, de su eficacia o de su eficiencia en el ejercicio de las funciones propia (sic) de su empleo, cargo o comisión; o que demuestren un notorio interés por el servicio a favor de la comunidad, podrán ser galardonados con el otorgamiento del reconocimiento al que hubiera lugar, en términos del reglamento del Servicio Profesional de Carrera o en las demás disposiciones aplicables.

SECCIÓN QUINTA

Terminación del Servicio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial